Tabla de vacaciones dignas 2026
La reforma al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, publicada el 27 de diciembre de 2022 y vigente desde el 1 de enero de 2023, duplicó los días de vacaciones de los primeros años. Esta es la tabla que aplica en 2026:
| Años de servicio | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 | 12 |
| 2 | 14 |
| 3 | 16 |
| 4 | 18 |
| 5 | 20 |
| 6 a 10 | 22 |
| 11 a 15 | 24 |
| 16 a 20 | 26 |
| 21 a 25 | 28 |
| 26 a 30 | 30 |
| 31 a 35 | 32 |
Los días cuentan a partir de que cumples cada año, no por año calendario. Si entraste el 1 de septiembre, tu periodo vacacional nuevo empieza cada 1 de septiembre, y el patrón debe darte las vacaciones dentro de los seis meses siguientes.
Cómo se calcula la prima vacacional
Prima vacacional = salario diario × días de vacaciones × 25 %
Parte exenta de ISR = hasta 15 UMA ($1,759.65)
El 25 % es el mínimo de ley; muchos contratos colectivos dan 50 % o más. La prima se paga sobre el salario de los días de vacaciones, no sobre el sueldo mensual completo. La parte que rebasa las 15 UMA paga ISR como un ingreso extraordinario.
Ejemplo resuelto
Sofía gana $13,500.00 al mes ($450.00 diarios) y entró a trabajar el 01/09/2020. Al 13/10/2026 ya cumplió 6 años, así que le corresponden 22 días de vacaciones, que debe disfrutar a más tardar el 01/03/2027.
| Salario de los días de vacaciones | 22 × $450.00 | $9,900.00 |
| Prima vacacional (25 %) | $9,900.00 × 25 % | $2,475.00 |
| Parte exenta | 15 UMA | $1,759.65 |
| ISR de la parte gravada | $715.35 gravados | −$114.42 |
| Prima vacacional neta | $2,360.58 |
|---|
Durante sus vacaciones Sofía sigue cobrando su sueldo normal; la prima es un pago adicional. El 01/09/2027 cumplirá 7 años y seguirá en el rango de 6 a 10 años, con 22 días.
Casos especiales
- Trabajadores eventuales o de temporada. Si trabajas por periodos menores a un año, tienes derecho a vacaciones proporcionales al tiempo trabajado (art. 77 LFT).
- Cambio de patrón por sustitución. Si la empresa cambia de dueño pero sigues en el mismo puesto, tu antigüedad se conserva y con ella tus días de vacaciones (art. 41 LFT).
- Incapacidades. Las incapacidades no se descuentan del año de servicio, así que no reducen tus vacaciones.
- Contratos colectivos. Muchos dan más días o una prima mayor. La ley solo fija el mínimo: si tu contrato es mejor, se aplica tu contrato.
Errores comunes
- Usar la tabla anterior a 2023, que daba solo 6 días el primer año.
- Contar por año calendario. Las vacaciones se generan por año de servicio, desde tu fecha de ingreso.
- Calcular la prima sobre el sueldo mensual. Se calcula sobre el salario de los días de vacaciones.
- Perder las vacaciones no tomadas. Si sales de la empresa, las no disfrutadas se pagan en el finiquito.